APRUEBAN PROHIBICIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN DE PERSONAL – LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

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El día 20 de abril del 2021, se aprobó la reforma a través de la cual se modifican 8 leyes para prohibir la subcontratación del personal, por cuanto a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, lo más relevante es:

 

·               Establece que el patrón sustituido será solidariamente de las obligaciones nacidas antes de la fecha de la sustitución, hasta por el término de tres meses.

·               Quienes presten servicios especializados o la ejecución de obras especializadas deberán proporcionar cuatrimestralmente la información de los contratos celebrados.

·               La información manifestada será:

a.              Datos Generales;

b.              Contratos de servicio;

c.              Los Montos de las Aportaciones y Amortizaciones;

d.              Información de los trabajadores;

e.              Determinación del salario base de aportación, y

f.               Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

·               Serán responsables solidarios quienes contraten la prestación de servicios o la ejecución de obras con una empresa que incumpla lo establecido en la ley.

 

Estas reformas se enviaron al Ejecutivo Federal para su promulgación y próximamente serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

 

Key Firm nos ponemos a sus órdenes para definir en conjunto  los cambios que derivados de estas disposiciones es necesario hacer en la estructura de su empresa, a nivel corporativo, laboral, de seguridad social y fiscal.

 

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