Con
la reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se
estipulo la obligación de declaración de uso de marca, aviso o nombre
comerciales ante el IMPI.
Por
lo cual, toda marca, aviso o nombre comercial, que haya sido concedida con
fecha 10 de agosto de 2018 o posterior, deberá presentar la declaración de uso
a partir de que se partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el
registro, contando con un término de tres meses para realizarlo.
En
términos del IMPI, el objetivo principal es evitar que las marcas que ya
cuentan con un registro concedido por el Instituto, y que no están siendo
utilizadas por sus titulares, bloqueen o representen un obstáculo para el
registro de nuevas solicitudes que sí están siendo utilizadas en el mercado
mexicano, pero que aún no se encuentran debidamente registradas.
Es
de tener en cuenta, que, si el titular de la marca, aviso o nombre comercial no
declara el uso real y efectivo, el registro caducará de pleno derecho, lo que
significa que la marca quedará sin protección y se perderán los derechos de uso
exclusivo de la misma.
En Key Firm, nos ponemos a
tus órdenes para proporcionarte asesoría y apoyo, a fin de que sigas contando
con los derechos de registro exclusivos de tu marca, aviso o nombre comercial,
comunícate con nosotros a los números de teléfono (656) 616-9458 y (656)
378-0880 o bien al correo electrónico corporativo.a@keyfirm.com
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